15 junio 2010

La recolección de setas ya es hurto

visto en lasprovincias.es


Por primera vez en la Comunitat valenciana la recolección de setas en cotos privados no queda impune. El juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Vinaròs ha dictado la primera sentencia condenatoria que se conoce en territorio valenciano por recoger setas en un terreno privado situado en Vallibona.
En ella, la juez recoge que el acusado, E. A. P., es «autor penalmente responsable de una falta de lesiones, otra de vejación injusta y otra de hurto» por los hechos ocurridos el 1 de noviembre de 2008, cuando el condenado y otras personas se llevaron una cantidad indeterminada de setas de la masía 'la Torreta'.
El sector forestal lleva años reclamando consideraciones legales de este tipo ya que el Código Civil deja claro que el propietario de un terreno es dueño de su superficie, que las producciones espontáneas de la tierra son frutos naturales y que pertenecen al propietario de la tierra. Además, la Ley Forestal valenciana y la Ley de Montes señalan que se pueden recoger setas siempre y cuando el propietario no manifeste lo contrario. Y en este caso los propietarios se opusieron a que se llevaran sus setas.
La titular del juzgado de Vinaròs recoge en su sentencia que la propietaria forestal reprochó a E.A.P. su actitud cuando recolectaba setas en una zona en la que no tenía autorización. En ese momento, E.A.P. le dio un puñetazo en la oreja, causándole dolencias que tardaron en sanar ocho días y tras ello la amenzacó con pegarle de nuevo si no se callaba. La versión de la denunciante no fue contradicha ni matizada por el denunciado, que reconoció los hechos ante la Guardia Civil. Un testigo y un informe médico forense corroboraron la versión.
Pero la novedad y el verdadero motivo de alegría para los propietarios forestales -cansados de robos de sus aprovechamientos en sus fincas- es que la juez considera (además de la falta de lesiones y vejación injusta) que la recolección de setas es un hurto. Ese delito está tipificado en los artículos 617, 629 y 623 del Código Penal.
El denunciado, además, no compareció en el juicio. El Ministerio Fiscal solicitó la condena como autor penalmente responsable de una falta de lesiones y otra de vejación injusta respectivamente a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de 6 euros y a indemnizar a la denunciante con 240 euros y a la pena de multa de 10 días con la misma cuota diaria.
La acusación particular interesó dos meses de multa con 10 euros de cuota diaria por las lesiones, así como indemnización de 500 euros, 20 días de multa con la misma cuota por una falta de injurias y dos meses de multa con la misma cuota por la falta de hurto.
La sentencia condenó finalmente al autor a un mes de multa por las lesiones, 10 días de multa por la vejación injusta y un mes de multa por el hurto con cuotas diarias de 6 euros y a indemnizar a la agredida con 240 euros y a satisfacer las costas del procedimiento. Así, el condenado tendrá que pagar 180 euros por hurtar las setas a la propietaria del terreno.
La Associació de Propietaris Forestals Tinença-Ports, que ejerció de acusación particular y se personó en el caso, ya manifestó entonces que la agresión física a los masoveros de Vallibona y el hurto no es más que la constatación «de un abuso sobre la propiedad que se está produciendo».
Regulación necesaria
La entidad reclama desde hace años una regulación específica para poner orden en una práctica que -según denuncian- ya ultrapasa lo racional y llega en algunos casos a la destrucción de propiedades, paredes de piedra seca, falta de respeto por las explotaciones ganaderas e, incluso, lamentables agresiones.
La Junta Directiva de la APFTP se mostró «satisfecha» con esta sentencia pionera en un territorio que ya ha regulado los aprovechamientos mediante una Orden que regula la recogida de setas y la creación de cotos señalizados en el ámbito de la ZEPA y LIC de la Tinença, Turmell y Vallivana.
Casi 8.000 hectáreas de este ámbito se han acogido a esta norma, que regula estos aprovechamientos mediante la señalización de sus fincas. La normativa advierte de que se requiere permiso del propietario para recoger las setas y otros hongos de las fincas. Además, los propietarios piden a aquellos aficionados que estos días buscan setas de primavera que sean respetuosos con la legalidad ya que la normativa «es de obligado cumplimiento todo el año».

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