La Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad ha aprobado la ampliación del Monte de Utilidad Pública 'La Viorna' (Potes), incluyendo los terrenos adyacentes al mismo que son de libre disposición, y que suman poco más de 36 hectáreas.
Así consta en una resolución de dicho departamento, consultada por Europa Press, por la que se aprueba dicha ampliación, que fue solicitada por el Ayuntamiento de Potes.
Según recoge la resolución, el monte 'La Viorna', número 405 del Catálogo, fue declarado de Utilidad Pública al amparo de la Orden de la entonces Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca de 20 de diciembre de 1994, incluyéndose en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Cantabria.
Este monte pertenece al Ayuntamiento de Potes y posee una cabida total y forestal de 70 hectáreas, limitando al Norte y al Este con fincas particulares; al Sur con el término municipal de Vega de Liébana; y al Oeste con el término municipal de Camaleño.
Los terrenos de libre disposición del Ayuntamiento de Potes adyacentes al monte 'La Viorna' tienen una superficie total a incluir de 36,3 hectáreas.
Según explica la resolución, para delimitar el terreno de libre disposición se ha considerado del cortafuegos que constituye el límite sur del monte hasta el límite sur de Potes con Vega de Liébana, dejando excluidas las parcelas con titular catastral particular.
El pasado 5 de julio el jefe de la Sección Forestal I emitió un informe con el visto bueno del Jefe de Servicio de Montes, proponiendo declarar la ampliación del Monte de Utilidad Pública 'La Viorna', incluyendo los terrenos adyacentes al mismo, que son de libre disposición, mientras el 23 de julio se recibió en la Dirección General de Biodiversidad un escrito del Ayuntamiento de Potes manifestando su total conformidad con la propuesta del mismo.
A la vista de estos informes y escritos, el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad, que es el órgano competente para resolver, ha declarado la ampliación del Monte.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de Cantabria, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación.
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