Dentro de la planificación general y la prevención de incendios forestales existe la figura de las Agrupaciones de Defensa Forestal, entidades de utilidad pública con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, destinadas a realizar de forma coordinada las tareas precisas para la prevención y extinción de incendios forestales.
El ámbito de actuación de estas Agrupaciones de Defensa Forestal puede ser municipal o supramunicipal, pudiendo formar parte de las mismas los municipios afectados, los titulares de terrenos forestales o sus asociaciones legalmente constituidas, así como las organizaciones profesionales agrarias, cooperativas y asociaciones relacionadas con la conservación de la naturaleza vinculadas a los entes locales integrados en la Agrupación y asociaciones o entidades dedicadas a la defensa contra incendios forestales.
Las Agrupaciones de Defensa Forestal son otro cauce de participación y prevención social de incendios forestales que la legislación permite, y además precisa que es muy importante para que éstas funcionen la participación de mayor número de interesados posibles (Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, ayuntamientos, asociaciones agrarias y oficinas técnicas, y en última instancia y los más interesados, los propietarios de los terrenos forestales), aparte de la exención del 25% de la Tasa de Extinción de Incendios que se tiene al estar inscrito en la misma, entre otros beneficios. Esta figura, siendo operativa y con una mínima organización, permite afrontar un posible incendio forestal de la forma más eficaz y conseguir apagarlo en el menor tiempo posible.
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