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El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establece un régimen de protección y un plan de recuperación para el águila azor perdicera en la Comunidad aragonesa.
El decreto aprobado declarará las zonas comprendidas dentro de la aplicación de este Plan como "zona ambientalmente sensible" y quedarán excluidos de este ámbito los terrenos que tengan la consideración de urbanos o urbanizables delimitados, según la legislación urbanística.
Se definen como áreas críticas aquellos territorios que se consideran vitales para la persistencia y recuperación de la especie, así como zonas de nidificación, alimentación, descanso o "campeo" de las parejas reproductoras.
El Plan de recuperación, con una vigencia no superior a los cuatro años, prohibirá la instalación de parques eólicos o aerogeneradores en los ámbitos de aplicación del plan, salvo los miniparques eólicos y los destinados a Investigación y Desarrollo.
Igualmente, no podrán instalarse líneas eléctricas en las áreas críticas, con la excepción de las que se construyan con conductores aislados y trenzados.
Queda también prohibido el vuelo de aviones y de otros aparatos con o sin motor cuando el vuelo se vaya a realizar a menos de 1.000 metros sobre la vertical de los sectores nidificados. El águila azor perdicera está considerada como especie de fauna "vulnerable" por su tendencia poblacional regresiva en todo el territorio nacional, lo que ha producido su desaparición en una gran parte de su área de distribución original.
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01 octubre 2011
Aprobado un plan de protección para el águila azor perdicera en Aragón
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