05 marzo 2012

A 1 año de la aplicación del Reglamento comercialización madera y productos de la madera.

El Reglamento 995/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de Octubre de 2010 (publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 12 de noviembre de 2010) denominado de “Diligencia Debida” se enmarca en el Plan de Acción FLEGT (Aplicación de las leyes, “gobernanza” y comercio) de la Unión Europea para combatir la tala ilegal y el comercio derivado de madera y productos de madera.

Dicho Plan de Acción se centra en proporcionar ayuda a los productores de madera para desarrollar sistemas de verificación del origen de la madera y mejorar la aplicación de la legislación vigente.

El referido Reglamento 995/2010 establece las obligaciones de los agentes que comercializan madera y productos de la madera.

* Se aplica a toda la madera y derivados que se comercializan por primera vez en el mercado comunitario:

A los producidos dentro de la UE
A las Importaciones

* Productos sometidos a dicha normativa: Desde madera en rollo hasta papel no impreso. Se excluyen los reciclados. Ver el apartado de productos afectados.

* Obligaciones de los agentes:

Los operadores que comercialicen madera o productos de esa madera por primera vez deberán ejercer la diligencia debida:

Para la producción local/nacional: El propietario forestal o el rematante (ya sea la venta en cargadero o en pie).
Para la producción exterior: El importador

Los agentes que comercialicen madera o productos de esa madera posteriormente serán capaces de identificar en toda la cadena de suministro:

a los agentes o comerciantes que les hayan suministrado la madera y los productos de madera, y cuando proceda, a los comerciantes a los que hayan suministrado madera y productos de madera.

Está prohibida la comercialización de madera aprovechada ilegalmente o de productos derivados de esa madera.

Por lo que respecta a la evaluación del riesgo de la procedencia de la madera y productos de la madera, se propone un sistema, que se ha elaborado de forma rigurosa, según numerosos informes de organizaciones internacionales y ONGs de reconocido prestigio.

Productos afectados:

  • 4401 Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, bolitas o formas similares
  • 4403 Madera en bruto, incluso descortezada, desalburada o escuadrada
  • 4406 Traviesas (durmientes) de madera para vías férreas o similares
  • 4407 Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por losextremos, de espesor superior a 6 mm
  • 4408 Hojas para chapado, incluidas las obtenidas por cortado de madera estratificada, para contrachapado o para otras maderas estratificadas similares y demás maderas aserradas longitudinalmente, cortadas o desenrolladas, incluso cepilladas, lijadas, unidas longitudinalmente o por los extremos, de espesor inferior o igual a 6 mm
  • 4409 Madera (incluidas las tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lengüetas, ranuras, rebajes, acanalados, biselados, con juntas en V, moldurados, redondeados o similares) en una o varias caras, cantos o extremos, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos
  •  4410 Tableros de partículas, tableros llamados «oriented strand board» (OSB) y tableros similares (por ejemplo: los llamados «waferboard»), de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos
  • 4411 Tableros de fibra de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos
  •  4412 Madera contrachapada, madera chapada y madera estratificada similar
  • 4413 00 00 Madera densificada en bloques, planchas, tablas o perfiles
  • 4414 00 Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares
  • 4415 Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares, de madera, carretes para cables, de madera; paletas, paletascaja y otras plataformas para carga, de madera; collarines para paletas, de madera
  •  4416 00 00 Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, de madera, incluidas las duelas
  • 4418 Obras y piezas de carpintería para construcciones, incluidos los tableros celulares, los tableros ensamblados para revestimiento de suelo y tablillas para cubierta de tejados o fachadas (shingles y shakes), de madera. 
  •  Pasta y papel de los capítulos 47 y 48 de la nomenclatura combinada, excepto los productos a base de bambú y los productos para reciclar (desperdicios y desechos) 
  • 9403 30, 9403 40, 9403 50 00, 9403 60 y 9403 90 30 Muebles de madera
  •  9406 00 20 Construcciones prefabricadas


fuente:  Asociación Española del Comercio e Industria de la Madera

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