13 abril 2011

Sustitución de los consorcios y convenios de repoblación forestal en Castilla La Mancha

Hoy ha salido publicada la Orden de 28/03/2011,por la que se regula el régimen a aplicar a los consorcios y convenios de repoblación forestal.

El objeto de la presente Orden es establecer el procedimiento por el cuál se podrán sustituir los consorcios y convenios de repoblación forestal, suscritos entre la Administración Forestal y los propietarios de montes por otras figuras de carácter administrativo: “Montes de Utilidad Pública”, “Montes Singulares”, “Montes Protectores” y “Acuerdos de mantenimiento de masa forestal”.

Solicitudes
1. Podrán ser beneficiarios del contenido de esta Orden los titulares de los consorcios o convenios de repoblación forestal establecidos con la Administración, siempre y cuando acrediten su condición de propietarios de los terrenos en donde radiquen los mismos.

2. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo que figura como Anexo II y estarán dirigidas a la persona titular de la Dirección General competente en materia forestal, pudiendo presentarse en el registro de la consejería competente en esta materia, en cualquiera de sus Delegaciones Provinciales o Oficinas Comarcales, así como en cualquiera de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se presente a través de las oficinas de Correos se realizará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por la Oficina antes de que se proceda a su certificación.

3. Así mismo podrá presentarse:
a. Mediante fax, a los números que figuran en la Resolución de 01/12/2009 que se puede consultar en la siguiente dirección: http://docm.jccm.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2009/12/17/pdf/2009_18774.pdf&tipo=rutaDocm.

b. Mediante llamada al teléfono 012 si se llama desde Castilla-La Mancha o al 902 26 70 90 si se llama desde fuera de la Región.

c. Mediante envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la Web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es)


Los consorcios o convenios de repoblación forestal que no se acojan a cualquiera de las modalidades descritas en esta Orden, seguirán vigentes hasta su extinción, y sujetos a las bases contractuales administrativas que en la actualidad rigen los mismos.

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