Especies protegidas en Castilla-La Mancha
PROHIBIDA SU PESCA
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Ciudad Real, 2 jun (EFE).- El inicio de la temporada de pesca del cangrejo rojo en Castilla-La Mancha ha llevado a muchos pescadores a abarrotar las riberas de los ríos y las masas de agua de la región donde está autorizada la captura de este artrópodo.
El hecho de que algunos estén disfrutando de 'puente' en Castilla-La Mancha, al conmemorarse el pasado jueves el Día de la Región, y que esta modalidad de pesca se una de las que más practicantes tiene en la región, ha motivado que numerosos aficionados desempolven sus aparejos de pesca con el fin de conseguir sus primeras capturas de la temporada.
La Orden de Vedas de Pesca de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente que recoge los períodos hábiles y las limitaciones de la práctica, establece que desde ayer, 1 de junio, se puede pescar el cangrejo rojo en la región.
La pesca del cangrejo rojo (Procambarus clarkii) se podrá practicar para el control de su población, desde una hora antes de la salida del Sol y hasta dos horas después del ocaso.
Para señalizar el tramo de río ocupado por cada pescador de cangrejos, pueden emplearse únicamente cartones con nombre, apellidos y DNI del pescador, que deberán ser retirados después de su uso, quedando prohibida la utilización de cualquier otro material para este fin, según establece la Orden de la Consejería.
Además, en ningún caso se autorizará el control de poblaciones de cangrejo rojo en aquellas aguas donde coexista con otras especies de cangrejos.
No se establecen limitaciones en cuanto a la talla que deben tener los ejemplares capturados, pero sí se prohíbe la captura del cangrejo autóctono (Austropotamobius pallipes) por ser una especie considerada vulnerable en el Catálogo de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.
En relación a esta práctica, se prohíbe el transporte en vivo de los cangrejos rojos pescados durante el control de sus poblaciones.
Con el fin de evitar problemas por acumulación de residuos en zona de pesca, expresamente se ha establecido la obligación de retirar del medio natural los residuos y basuras derivados de esta actividad, transportándolos preferentemente a los lugares previstos para su recogida en el medio urbano.
Las limitaciones de pesca se mantienen en los cursos y masas de agua acogidos a algún régimen especial como los vedados de pesca en cada provincia, recogidos en la Orden de Vedas.
Asimismo, como medida preventiva para evitar la introducción involuntaria de especies alóctonas acuáticas, como el mejillón cebra o la almeja asiática, se recomienda limpiarlas y secarlas siempre, y cuando sea posible desinfectarlas, antes de introducirlas en las aguas según las diferentes artes para pescar.
La Orden de Vedas determina las limitaciones que existen con carácter provincial así como los cursos y masas de agua que permanecerán acotados a la pesca del cangrejo rojo. EFE
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